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jueves, 27 de noviembre de 2014

Aprobado el Proyecto de Ley de Patrimonio Natural de Castilla y León que busca actividad y no "meras postales"

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado el Proyecto de Ley de Patrimonio Natural, un texto que se adaptará a las normativas europeas y estatal y que sustituirá a la de 1991, y cuyo principal objetivo es hacer compatible la conservación del patrimonio natural y la protección medioambiental con la actividad y el desarrollo económico.

Entre las novedades del proyecto de ley destaca que se regulará por primera vez la preservación del paisaje en cuanto a elemento integrador del patrimonio natural para lo que se establecen los principios básicos de reconocimiento, protección, gestión y ordenación y se exige el análisis específico de las posibles afecciones al mismo y las correspondientes medidas correctoras y protectoras.



'CATÁLOGO DE PAISAJES SOBRESALIENTES'

En concreto, el proyecto contempla como principal novedad la creación del 'Catálogo de Paisajes Sobresalientes' para aquellos lugares no incluidos en la red de espacios naturales protegidos declarados.

Del mismo modo, se refuerzan los instrumentos de información y conocimiento donde destaca la creación del 'Inventario Regional del Patrimonio Natural' que, de forma coordinada con el Inventario Nacional, ofrecerá una información integrada sobre la conservación, amenazas, riesgos y distribución de los espacios naturales.

El consejero ha explicado también que el proyecto integra la conservación del patrimonio natural en las políticas sectoriales de la administración y se refiere, especialmente, a los planeamientos urbanísticos, la ordenación, los planes y programas de desarrollo rural, la planificación hidrológica y la de nuevas infraestructuras.

"De esta forma, se pretende impulsar la protección transversal del patrimonio natural compatibilizando la conservación y el desarrollo de los diferentes planes que tienen incidencia en el territorio", ha indicado.

Así, la Red de Áreas Naturales Protegidas se regula en el título cuarto y estará constituida por tres redes complementarias: la Red Natura 2000 que ocupa el 26,4 por ciento de Castilla y León y que se aprobará en los próximos meses, los espacios que conformar la Red de Espacios Naturales y la Red de Zonas Naturales de Interés Especial.
En este último caso se refiere a los montes catalogados de utilidad pública, zonas húmedas de interés especial, vías pecuarias de interés especial, zonas naturales de esparcimiento, árboles notables, microrreservas de flora y fauna o lugares geológicos o paleontológicos de especial interés.

La ley incorpora otras figuras de protección como los Humedales de Importancia Internacional del Convenio Ramsar o las Reservas de la Biosfera de la UNESCO.

También se regula por primera vez de forma global la protección de la flora y la fauna y sus hábitats complementando la normativa estatal. Este apartado de la ley contempla la creación del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial que incluye el Catálogo de Especies Amenazadas y el Inventario de Especies de Atención Preferente que, sin estar consideradas en peligro de extinción, requieren medidas adicionales de protección.

sábado, 27 de noviembre de 2010

Proyecto de deslinde, amojonamiento y señalización de la Cañada Real Burgalesa en las provincias de Burgos, Palencia y Valladolid.

La Cañada Real Burgalesa en su trayecto por las provincias de Burgos, Palencia y Valladolid va a ser objeto de deslinde, amojonamiento y señalización por la Junta de Castilla y León y por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en virtud del «Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y la Consejería de Medio Ambiente, de la Junta de Castilla y León, para la ejecución de proyectos de deslinde, amojonamiento y señalización de la Cañada Real Burgalesa en su trayecto por las provincias de Burgos, Palencia y Valladolid».

Se ejecutará entre el año 2010 y 2014.
Afecta a los dos ramales de esta Cañada Real Burgalesa:
- Itinerario principal: Monterrubio de la Demanda (Burgos)-Valladolid-Medina del Campo-Fresno el Viejo (Valladolid).  Total 295,8 km.
Luego penetra en la provincia de Salamanca en dirección a su capital.

-Itinerario secundario: Valladolid-Tordesillas-Castronuño-Alaejos.Total 63,5 km. 
Luego prosigue por la provincia de Zamora para continuar por el límite provincial entre Zamora y Salamanca.

Documento completo BOCYL

jueves, 4 de noviembre de 2010

Trabajos de recuperación de las cañadas en Medina del Campo.

El nuevo taller de empleo de Medina del Campo recuperará a lo largo del próximo año un total de seis kilómetros pertenecientes a la Cañada Real de Madrid y al Cordel de Villaverde para finalizar con los trabajos de recuperación de estos caminos de trashumancia y crear un área recreativa en la zona.

Dentro del término municipal de Medina del Campo están clasificados casi tres millones de metros cuadrados a lo largo de unos 80 kilómetros entre cordeles, cañadas y veredas. Estas vías configuran una red de caminos que entrelazan espacios naturales y ecosistemas donde pacen la gran mayoría de la flora y fauna silvestre de la Mancomunidad Tierras de Medina.

Más información en: www.nortecastilla.es

sábado, 30 de octubre de 2010

Recuperación de vías pecuarias en Burgos.

Convenio firmado entre el Gobierno y la Junta  de Castilla y León para la recuperación de vías pecuarias en Burgos.

Más de medio millón de cabezas de ganado, de un total de cinco en toda España, transitaban dos veces al año por la provincia de Burgos. Una de octubre a noviembre para ir a Extremadura y otra de mayo a junio camino de la Sierra de la Demanda. Era uno de los destinos favoritos de los pastores trashumantes. No solo por la profusión de sus pastos, sino también por la riqueza de su naturaleza. Sus caudalosos y limpios ríos eran lugares magníficos para lavar una lana antaño valorada igual que preciada.

La Cañada Real Burgalesa cayó en desuso en las postrimerías del siglo XIX, aunque para hablar de sus orígenes hay que remontarse a hace 7.000 años; para recordar su impulso a 1273, con Alfonso X el Sabio, llegando a su máximo apogeo en 1300, y para revivir su época reciente de mayor trasiego a los años comprendidos entre 1775 y 1800.
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Interesante noticia en la que se comenta, muy detalladamente, la importancia histórica de las vías pecuarias.

Texto completo: Diario de Burgos

domingo, 14 de marzo de 2010

La Ley de Vías Pecuarias de Castilla y León prevé la creación de un fondo económico para la protección y conservación

Foto: google.es/imagenes
El citado fondo procederá de todas las cantidades percibidas en concepto de otorgamiento de aprovechamientos, sanciones, indemnizaciones, enajenaciones, permutas, modificaciones de trazado y cualquier otra similarEn virtud de las previsiones de esta norma, según se establece en el anteproyecto que la Consejería de Medio Ambiente sacó a información pública la semana pasada, por segunda vez en medio año.

Esta decisión fue tomada después de que en el anterior trámite se recibieran numerosas alegaciones, por lo que los técnicos de la Junta consideraron necesaria una serie de modificaciones y nuevas inclusiones y, por lo tanto, volver a poner a disposición de los ciudadanos el anteproyecto durante 20 días hábiles, a partir del 1 de marzo. Precisamente, la creación de este fondo es una de las nuevas medidas aportadas después del primer trámite de información pública.

En su conjunto, la esencia de la norma pretende regular un legado histórico de interés capital y un instrumento favorecedor del contacto del hombre con la naturaleza y de la ordenación del entorno medioambiental, algo que se evidencia en que la red de vías pecuarias de Castilla y León es una de las más amplias del territorio español, con una longitud aproximada de 35.000 kilómetros, lo que supone unas 100.000 hectáreas del territorio regional.

Dentro de este entramado de vías pastoriles, las cañadas reales representan una importante extensión, aproximadamente una quinta parte del total, ya que siete de las nueve cañadas que a día de hoy componen la red nacional discurren en buena parte de su trazado por el territorio regional.
En cuanto a los usos prioritarios, el anteproyecto califica el tránsito ganadero como “característico y prioritario a cualquier otro”. El fin que pretende la Consejería es gestionar las vías pecuarias de forma que se fomente la biodiversidad, el intercambio genético de la flora y fauna de la Comunidad y la movilidad territorial de los animales salvajes, así como contribuir a la preservación de razas autóctonas y al aprovechamiento de los recursos pastables.
La norma tiene en cuenta también el fomento del contacto entre los ámbitos urbano y rural para favorecer las actividades medioambientales, sociales y culturales compatibles con las vías pecuarias, de manera que suponga la creación y mantenimiento de una conciencia social protectora de su rico patrimonio natural y cultural, y “sirva de satisfacción a la demanda de esparcimiento y recreo al aire libre”.
El anteproyecto da la posibilidad de declarar Vías Pecuarias de Interés Natural aquellas que atraviesen o colinden con montes de demaniales (dominio público), espacios naturales protegidos o áreas singulares. Aunque también las que resulten de especial valor en orden a la conservación de la naturaleza y, en particular, las que puedan servir para conectar entre sí los espacios naturales protegidos y las que sean o puedan funcionar como zonas de contraste y ‘ecotono’.

Recuperación de oficio
Con esta nueva regulación, la Consejería de Medio Ambiente podrá requerir a los usurpadores o perturbadores de los tramos de vías pecuarias que cesen en su actuación, sin perjuicio de la reposición, restauración o indemnización a que hubiera dado lugar por parte de los infractores. Así, se pretende recuperar la posesión “indebidamente perdida de las vías pecuarias” mediante el correspondiente procedimiento que se desarrollará reglamentariamente.

Una vez que la Junta administre estos tramos deberá señalizarlos, en especial, según la norma, en las intersecciones de las vías con cualquier tipo de viario, en aquellos casos que se considere conveniente, mediante la colocación de señales indicadoras. También velará por el restablecimiento de las pecuarias intrusadas por obras públicas o construcciones e instalaciones privadas, es decir, su vuelta al estado previo a su intrusión, siempre teniendo en cuenta que las cañadas son aquellas cuya anchura no excede de 75 metros, los cordeles no más de 37,5, y la vereda, con menos de 20 metros.

Asimismo, el anteproyecto de ley prevé que la Administración pueda “desafectar” del dominio público los terrenos pertenecientes a las vías pecuarias que no sean necesarios para el tránsito del ganado, ni sean susceptibles de los usos compatibles. Como consecuencia, podrá ceder los terrenos para actividades de interés público, cultural, ecológico y social “cuando redunden en la mejora de la calidad de vida y desarrollo socio-económico del medio rural, la conservación y defensa del medio natural”. También se podrá variar o desviar el trazado de una vía pecuaria por razones de interés público siempre que se garantice el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados, junto con la continuidad del tránsito ganadero y los demás usos compatibles y complementarios con aquél.

Según la futura norma, en los cruces con vías de comunicación, líneas férreas o carreteras de cualquier tipo que se realicen sin modificación de trazado, la entidad promotora habilitará pasos, al mismo o distinto nivel, de la anchura o luz necesaria para asegurar que el tránsito ganadero se realice “sin interrupción, con rapidez, comodidad y seguridad, y sin riesgo para el ganado y la circulación vial”.

Prohibiciones
El anteproyecto de ley, que la Junta mantendrá aún unos días en información pública, contiene también una serie de prohibiciones en las vías pecuarias. Entre ellas, las más importantes son la imposibilidad de ejecutar roturaciones para la puesta en cultivo, así como el asfaltado o cualquier procedimiento semejante que desvirtúe su naturaleza, salvo casos excepcionales y justificados.

Además de ello, no estará permitido, una vez salga adelante con rango de ley, la publicidad comercial en las vías pecuarias, con el fin de evitar la contaminación visual del paisaje; el vertido o abandono de objetos y residuos de cualquier clase; la acampada, salvo la vinculada con la actividad trashumante; las que supongan incompatibilidad con la protección de ecosistemas sensibles, masas forestales y especies de flora y fauna protegidas, excluidos el tránsito ganadero y el uso agrícola o forestal; y cualquier otra constitutiva de infracción penal, civil o administrativa.

En todo caso, sí se permitirá el desplazamiento de personas a pie y los animales que estén a su control, las plantaciones lineales, cortavientos u ornamentales, cuando permitan el tránsito normal del ganado, y la circulación de tractores, remolques, sembradoras, cosechadoras y maquinaria agrícola de cualquier género.

Información completa: www.la-cronica.net